Derecho de marca

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El derecho exclusivo no se puede invocar si existen vínculos económicos que unen a los titulares de marcas paralelas: caso Schweppes International versus Coca-Cola

12 de septiembre de 2017 Noticias DERECHO DE MARCA

Según el Abogado General del TJUE no se puede invocar el derecho exclusivo sobre la comercialización de una marca si existen vínculos económicos entre los titulares de la misma en países distintos. En este caso para determinar si existen esos vínculos, habrá que aclarar si la marca se encuentra bajo un control único y si Schweppes International tiene la posibilidad de determinar directa o indirectamente los productos en los que se coloca la marca Schweppes en el Reino Unido, donde esta marca pertenece a Coca-Cola, y de controlar su calidad.

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